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lunes, 24 de mayo de 2021

¿SOLICITASTE UN CRÉDITO, FIRMASTE UNO O VARIOS PAGARÉS Y TE DEMANDARON POR EL INCUMPLIMIENTO DE PAGO?

Actualmente, el mundo de los negocios es tan amplio que permite que las personas puedan obtener un bien u objeto a través del otorgamiento de un crédito, en el que se determina un interés en caso de incumplimiento y la firma de uno o varios pagarés para garantizar el pago total de la deuda.

Esta situación se convierte en un verdadero dolor de cabeza para las personas que no pueden realizar sus pagos en tiempo, pues implica  el vencimiento de los pagarés y que la empresa que otorgó el crédito no tome en consideración los pagos efectivamente realizados,  y demande en un juicio mercantil la totalidad de la deuda, más los intereses moratorios, cantidad que en la mayoría de los casos es excesiva.

Es estos casos, el juez tiene la facultad de  proteger los derechos de las personas para evitar que se exijan intereses excesivos de acuerdo a las condiciones particulares de cada caso y que tu pago sea más justo y equitativo.

Recuerda que si pretendes  adquirir algo a crédito debes leer cuidadosamente las cláusulas de los documentos bajo los cuales te vas a obligar, y ten presente que el interés legal es del 9% anual, que si te informan que es mensual u otro tipo de interés, solicita información antes de firmar.

sábado, 8 de mayo de 2021

HOME OFFICE, QUE ES?

HOME OFFICE, EL TRABAJO A DISTANCIA   O TELETRABAJO

Actualmente, los avances tecnológicos de la información y la comunicación, permiten  que las personas  presten sus servicios   a distancia, es decir, no se requiere de su presencia física en el centro de trabajo, por  lo que pueden prestarlos desde su domicilio siempre que cuente con los requisitos de seguridad e higiene, es este caso, estamos hablando del CONTRATO DE  TELETRABAJO .

Esta forma de contrato, requiere que sea por escrito a fin de  el trabajador cumpla con las políticas de resguardo de la información, se le indique la  forma  de coordinación, horario, vigencia, evaluación y supervisión  del trabajo, ya que ésta última podrá ser  a través de monitoreo, videoconferencia, correo electrónico,  vía telefónica ,etc. sin que implique una violación a su domicilio particular.
El patrón tendrá obligación de proporcionar, instalar  y dar mantenimiento del equipo necesario para el teletrabajo   como por ejemplo, el equipo de cómputo, impresoras, sillas ergonómicas, pago de servicios de telecomunicación y electricidad.
Por consiguiente, si  cumples con tu trabajo desde tu domicilio, tienes todos y cada uno de los derechos  y obligaciones   de los demás trabajadores que laboren en la misma empresa, y si deseas regresar a trabajar en las oficinas de la compañía, solo se requiere hacerlo de común acuerdo con el patrón.

Siempre debes tomar en cuenta que si celebras un contrato de TELETRABAJO debes revisar  las cláusulas bajo las que te contratas, y si ya tenías un contrato celebrado y optas por esta modalidad debe ser por escrito, recuerda que como trabajador  siempre deberás conservar una copia del contrato  u convenio respectivo.


martes, 4 de mayo de 2021

FIRMASTE PAGARÉS PARA UN FINANCIAMIENTO DE UN AUTO??

La mayoría de nosotros en algún momento ha soñado con tener un auto que además de ayudarnos como medio de transporte, sea de nuestro gusto y comodidad para hacer más llevadera nuestra vida. 
Una de las formas más accesible es el autofinanciamiento. Se negocia el pago de diversas parcialidades que al terminar de pagar cubrirán el adeudo y el costo del coche. Se establece una fecha para cada pago. Si te tardas más empiezan a contarse intereses moratorios (por mora/falta de pago). 
Como forma de garantizar esos pagos, casi siempre se pide que firmes pagarés seriados con vencimiento  sucesivo, es decir, enumerados del 1 al número que toque a la ultima parcialidad (1-12 por ejemplo). Sus fechas de pago irán venciendo una tras otra. Ésto parece simple pero OJO no lo es. 
- Si por algún motivo te atrasas en el pago, y llegas a pagar después de su fecha, tus pagos no cubrirán la deuda del coche, primero se irán para cubrir los intereses moratorios que  hayas generado por el retraso. Y cuando acabes de pagar los intereses volverás a "abonar" a tu deuda. 
- Si te atrasas caes en incumplimiento y con ello se da lo que llaman vencimiento anticipado de los pagarés, es decir, con el primero que dejes de pagar a tiempo te pueden cobrar todos ante tribunales. Demandándote en un juicio mercantil. 
- Si en algún momento la deuda se vuelve impagable, se quedan con el coche. 

Por eso es importante que :
1) Estés segur@ de que puedes pagar la deuda 
2) Pidas que siempre te mantengan informad@ de la situación de tus pagos para que sepas como se van descontando y si se aplican a la deuda o a los intereses 
3)En cuanto veas que puedes atrasarte, acude a las oficinas para negociar la posibilidad de reestructurar tu calendario de pagos o alguna forma de pago más accesible sin dejar de cumplir. 
4) No firmes pagares en blanco 
5) SIEMPRE QUE DES UN PAGO COMPLETO DE LA CANTIDAD ESCRITA EN UN PAGARÉ, EXIGE QUE TE LO DEVUELVAN. Es la mejor prueba de que estás cumpliendo con tus obligaciones. 

Esperamos te sirvan nuestros consejos. Si tienes más dudad o necesitas orientación estamos para ayudarte.



sábado, 1 de mayo de 2021

OFERTAS DE TRABAJOS ENGAÑOSAS ??? APRENDE A IDENTIFICARLAS

Seguramente en algún momento has buscado trabajo o visto algún anuncio por ahí donde solicitan trabajadores. Hoy en día nos resulta un poco dificil encontrar un empleo que cumpla con nuestras expectativas o cubra nuestras necesidades de sueldo, horarios, prestaciones, lugar de trabajo, transporte, etc. Muchas veces por esto nos vemos en la necesidad de buscar la oportunidad de trabajar en los lugares que nos plantean una "opción" aparentemente más accesible porque nos ofrecen mayor flexibilidad en horarios o la posibilidad de obtener ingresos con pagos semanales y hasta libres de impuestos, a pesar de no tener prestaciones. Te suena conocido? las puedes identificar porque suelen ofrecerlas así: -
 Contratación inmediata - 
Requisitos de educación baja (primaria, secundaria, bachillerato/prepa trunca) -
 Sin limite de edad -
 Aceptan amas de casa, estudiantes, adultos mayores - Horarios flexibles, con jornadas de 4 o 6 horas diarias - Descansos fines de semana - 
Oportunidad de crecimiento laboral -
 Pagos semanales "libres de impuestos" o "netos" - Pagos en efectivo - 
Comisiones no topadas -
 Prestaciones superiores a las de la ley "garantizadas" - En caso de muerte tu contrado puede ser "transferible" para que algún familiar quede en tu lugar. 

 A simple vista se ven bien, pero OJO, éste tipo de ofertas encierran detalles que si no valoramos de origen más adelante nos pueden traer problemas, como cuales?

 - La mayoría de las ofertas de esta clase no son 100% reales, te ofrecen una cosa y te solicitan acudir a una "plática" en donde te explican un funcionamiento distinto al que te dijeron en entrevista. 


 - LA CONTRATACIÓN NO ES INMEDIATA -te dicen que tienes que acudir a una plática, capacitación y una evaluación teórico-práctica que debes pasar para ser contratado.

 - LA CAPACITACIÓN NO ES PAGADA Y NADA GARANTIZA TU CONTRATACIÓN - Tu corres con los gastos de pasajes, comidas y riesgos de sufrir accidentes en transporte. 0 responsabilidad para la empresa. En trabajo si es seguro, debe firmarse un contrato a fuerzas, donde diga si tendrás periodo a prueba o capacitación, su duración y horario y si será pagado o no, y que pasará al final de la capacitación. De lo contrario es ilegal 

 - A PARTIR DEL TERCER MES TE DAN PRESTACIONES, ANTES NO - Lo que quiere decir que legalmente los primeros tres meses estarás volando. El patrón te dará dinero en efectivo pero no te da de alta ante las instituciones de seguridad social y por eso no estarás generando antigüedad, lo que es importante porque - --No estará contando tu tiempo para recibir aguinaldo, primas vacacional y dominical, vacaciones --Esos tres meses cualquier riesgo por accidente o enfermedad no tendrás atención médica --En caso de sufrir algún accidente o riesgo, tu familia no recibirá ningun apoyo ni atención, y la empresa no tendrá ninguna responsabilidad Básicamente serás legalmente trabajador y tendrás derechos y prestaciones hasta el tercer mes. 

 - SEGURO SOCIAL NEGOCIABLE - Si te ofrecen pagarte más en tus pagos semanales, mensuales o quincenales en caso "de que no quieras el seguro social" piénsalo dos veces. Si aceptas te registrarán en el nivel más bajo de seguridad social. En caso de alguna enfermedad fuerte tuya o de tus familiares tendrás que pagar la mayoría de los gastos y mas caros que si te descuentan la cuota de tu sueldo, porque tus derechos a la salud solo cubrirán los padecimientos más sencillos. 

 - CONTRATO TRANSFERIBLE EN CASO DE MUERTE - Sin más detalle. Eso es ilegal. Los contratos de trabajo siempre son personales, el cambiar de persona solo oculta el que llegue alguien más a realizar tus actividades sin pagar a los familiares indemnizaciones o pensiones de orfandad, o viudez a los familiares a causa del fallecimiento. 

 - PAGOS EN EFECTIVO - La realización de pagos en efectivo, sin entregar tarjeta de débito al trabajador, ni comprobantes de nómina, generalmente busca la evasión de impuestos, fiscalmente declaran que como trabajador recibes el salario mínimo, con minimas prestaciones y cuotas mas bajas. En ocasiones la información que tienen las autoridades sobre los sueldos y prestaciones de los trabajadores ni siquiera coinciden con lo que realmente reciben. Tristemente mucbos ignoramos los alcances que puede tener el aceptar trabajos en donde no nos otorguen derechos ni pretaciones como debería de ser realmente. Pero es muy importante pensar en nosotros y en nuestros seres queridos al tomar una decisión importante, sobre todo cuando de ella dependera dependerá parte de nuestra vida.

TARJETITAS DE DÉBITO DIGITALES, EN MINUTOS, SIN MUCHOS TRÁMITES Y...SENCILLAS ??

En sucursales bancarias, medios de comunicación y hasta en las redes sociales es común ver que las instituciones bancarias ofrecen tramitar ...